Confidencialidad

SERVICIOS DE COMUNICACIÓN Y MARKETING

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

 

Córdoba,  ____ / _____/ _____

 

REUNIDOS:

De una parte, EMPRESA, con domicilio legal en ____________________________________________  , y de otra parte, Consultora Ahora el Campo representada por el Lic. Adrián Mancini, con domicilio en La Banda 3990, Córdoba, Argentina, cuit 20- 22996208-7. En adelante, denominadas individual o conjuntamente como la “Parte” o las “Partes”.

EXPONEN:

PRIMERO.

Que EMPRESA desea contratar Servicios periodísticos. Para ello, necesita contar con la colaboración técnica de Consultora Ahora el Campo a fin de que cumpla satisfactoriamente con las necesidades de la contratante. En adelante denominado «El Proyecto».

SEGUNDO.

Que, como consecuencia de la relación existente entre EMPRESA, y Consultora Ahora el Campo, ésta última necesita acceder y gestionar información de carácter confidencial.

En virtud de lo anterior, las Partes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente para el otorgamiento de este acto, formalizan el presente ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS (el “Acuerdo”) con sujeción a las siguientes

CLAUSULAS

1.- CONFIDENCIALIDAD

A los efectos previstos en este ACUERDO por “Información Confidencial” se entenderá toda aquella información, ya sea técnica, financiera, comercial o de cualquier otro carácter, que sea suministrada y/o comunicada por Ahora el Campo o por medio de esta que se consideren de terceros y EMPRESA, en relación con el PROYECTO.

Obligaciones:

  1. A) Consultora Ahora el Campo dará cumplimiento a todas y cada una de las siguientes obligaciones en lo que respecta a la Información Confidencial suministrada por EMPRESA en relación con el PROYECTO:
  2. A) Tan pronto como Consultora Ahora el Campo reciba o genere información confidencial se obligará a :
    1. Mantenerla, con sujeción a la más estricta confidencialidad,
    2. Utilizarla solamente en relación con el PROYECTO,
    3. No revelarla a una tercera parte sin el previo consentimiento escrito de EMPRESA
    4. Revelar dicha Información únicamente a los empleados de su compañía que tengan necesidad expresa de conocerla en relación con el desarrollo de tareas del PROYECTO.
    5. B) En caso de desistimiento en el proceso de contratación por cualquiera de las Partes o si esta no se lleva a cabo dentro del plazo de validez de la oferta o en todo caso a los 6 (SEIS) meses de emitida la oferta; o en la culminación formal del contrato; Consultora Ahora el Campo devolverá a EMPRESA la Información Confidencial suministrada y borrará o destruirá cualquier copia de la misma que hubiese sido realizada, certificando dicho extremo EMPRESA, de acuerdo con la solicitud expresa que esta última le realice.

3.- DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:

Debido a la naturaleza de las negociaciones o de la realización del Proyecto objeto del presente Acuerdo, Consultora Ahora el Campo tendría que acceder a datos de carácter personales y/o de terceros, propiedad de EMPRESA, deberá cumplir lo dispuesto en la Ley Nº 25.326 Protección de Datos personales. En cualquier caso, será EMPRESA como titular de los ficheros, quien decidirá sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento de los datos, limitándose Consultora Ahora el Campo a utilizar dichos datos, única y exclusivamente, para los fines que figuren en el Contrato de conformidad o equivalentes y con lo dispuesto en los artículos 25 y 27  de la Ley Nº 25.326 Protección de Datos personales

 

Ley Nº 25.326 Protección de Datos personales

 

Articulo 25. – (Prestación de servicios informatizados de datos personales).

  1. Cuando por cuenta de terceros se presten servicios de tratamiento de datos personales, éstos no podrán aplicarse o utilizarse con un fin distinto al que figure en el contrato de servicios, ni cederlos a otras personas, ni aun para su conservación.
  2. Una vez cumplida la prestación contractual los datos personales tratados deberán ser destruidos, salvo que medie autorización expresa de aquel por cuenta de quien se prestan tales servicios cuando razonablemente se presuma la posibilidad de ulteriores encargos, en cuyo caso se podrá almacenar con las debidas condiciones de seguridad por un período de hasta dos años.

 

Articulo 27. – (Archivos, registros o bancos de datos con fines de publicidad).

  1. En la recopilación de domicilios, reparto de documentos, publicidad o venta directa y otras actividades análogas, se podrán tratar datos que sean aptos para establecer perfiles determinados con fines promocionales, comerciales o publicitarios; o permitan establecer hábitos de consumo, cuando éstos figuren en documentos accesibles al público o hayan sido facilitados por los propios titulares u obtenidos con su consentimiento.
  2. En los supuestos contemplados en el presente artículo, el titular de los datos podrá ejercer el derecho de acceso sin cargo alguno.

4.- DURACIÓN

Las disposiciones del presente acuerdo permanecerán en vigor de forma indefinida pese a la eventual terminación de las negociaciones entre las partes o la formalización del contrato.

 Y en virtud de lo anterior, las Partes firman el presente Acuerdo, en el lugar y fecha arriba indicado.

FIRMAS EMPRESA Y AHORA EL CAMPO.